Regalías

¿Qué es?


REGALÍA

Es la ganancia lícita que corresponde al autor de una obra intelectual o artística protegida legalmente, obtenida por el uso o explotación de dicha obra, como lo señala el artículo 8 del Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor.


PAGO DE DERECHOS DE AUTOR

Es el que se otorga al autor por ceder temporalmente la titularidad de los derechos patrimoniales de su obra para su edición, coedición, traducción, adaptación, publicación, etcétera.

¿Cómo solicito el pago de regalías y derechos de autor?


Para que la DGAJ, en un término de diez días hábiles, pueda dictaminar el pago de regalías, requiere lo siguiente:

1. Oficio de solicitud de dictamen favorable firmado por el titular de la entidad o dependencia
2. Recibo de pago de honorarios que contenga:

  1. El monto a pagar.
  2. El título de la obra o concepto de la remuneración.
  3. El periodo correspondiente al pago que se pretende cubrir.
  4. El nombre y firma del titular de la dependencia.

3. El desglose de la cantidad que se va a cubrir al autor a título de regalías, conforme al número de ejemplares vendidos.
4. En el caso de que el pago de regalías se realice a colaboradores extranjeros se deberá de adjuntar a los documentos antes solicitados, una copia de comprobante de domicilio y una copia de un documento de identificación.