REGALÍA
Es la ganancia lícita que corresponde al autor de una obra intelectual o artística protegida legalmente, obtenida por el uso o explotación de dicha obra, como lo señala el artículo 8 del Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor.
PAGO DE DERECHOS DE AUTOR
Es el que se otorga al autor por ceder temporalmente la titularidad de los derechos patrimoniales de su obra para su edición, coedición, traducción, adaptación, publicación, etcétera.
Para que la DGAJ, en un término de diez días hábiles, pueda dictaminar el pago de regalías, requiere lo siguiente: