Variedades Vegetales

Título del obtentor


La petición para solicitar del Título de Obtentor ante el Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas deberá contener:
1. Nombre y domicilio de la dependencia solicitante.
2. Nombre completo, nacionalidad y domicilio en territorio nacional del solicitante del título de obtentor.
3. Nombre completo del fitomejorador si lo hay.
4. El género y especie de la variedad vegetal.
5. La denominación propuesta de la variedad vegetal.

6. La variedad vegetal debe ser nueva, distinta, homogénea y estable.
7. En su caso, si la variedad vegetal ha sido comercializada en México o en el extranjero, e indicar la fecha en que se comercializó, el lugar y la denominación.
8. El tipo, los progenitores, el origen, la genealogía y el método geotécnico de obtención de la variedad vegetal.
9. La participación que porcentualmente le corresponde a cada uno de los obtentores de la variedad vegetal.
10. La reclamación de prioridad en su caso.
11. Un informe técnico en el que se detallen las características de la variedad vegetal.
12. La cantidad, por concepto de estudio y trámite, de la solicitud de protección de derechos del obtentor, misma que puede ser consultada en la página de internet del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas.
El pago por concepto de estudio y trámite de la solicitud de protección de derechos de obtentor así como por la expedición del título de obtentor podrán ser consultados en la página de internet del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas en:
El título de obtentor tendrá una vigencia de:

  • 18 AÑOS: Para especies perennes (forestales, frutícolas, vides, ornamentales) y sus portainjertos.

  • 15 AÑOS: Para demás especies no perennes.
La vigencia comienza a partir de la fecha de expedición del título de obtentor.

Para mantener la vigencia del Título de Obtentor, se deberá cumplir con el pago de refrendo anual por el tiempo que dure el título de protección de los derechos de obtentor de la variedad vegetal, el cual puede ser consultado en:

Inscripción en el Catálogo Nacional de Variedades Vegetales


Las variedades que se pretenden calificar y/o verificar tienen que ser registradas en el Catálogo Nacional de Variedades Vegetales, dichas variedades son sometidas a la revisión y análisis de los grupos de apoyo técnico, quienes examinan los elementos proporcionados y emiten opinión sobre el cumplimiento de las condiciones de su distinción, homogeneidad y estabilidad.

1. Formato oficial de solicitud de inscripción en el Catálogo, proporcionado por el SNICS.
2. Un informe técnico, que es la descripción de la expresión de los caracteres correspondientes a la variedad candidata.
3. Comprobante del pago de derechos.
4. Documento con el que se acredite la personalidad del representante legal.
5. La variedad vegetal deberá poseer una denominación que le permita ser identificada plenamente de otras.

6. En el caso de variedades vegetales protegidas conforme a la Ley Federal de Variedades Vegetales, se deberá presentar el consentimiento por escrito del titular del derecho de obtentor para su explotación, calificación, propagación, comercialización o inscripción en el Catálogo.
Comprobante de pago de tarifa por concepto de presentación de Inscripción al Catálogo Nacional de Variedades Vegetales, que se encuentra en la siguiente liga: